Publican revisiones calendario aplicación requerimientos márgenes derivados compensados de forma no centralizada

Suiza.- El Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y la Organización Internacional de Comisiones de Valores (IOSCO-OICV) publican revisiones del marco sobre requerimientos de márgenes para derivados con liquidación no centralizada. El marco revisado puede consultarse en los sitios web del Banco de Pagos Internacionales y de IOSCO-OICV.

El marco se publicó por vez primera en septiembre de 2013, tras dos documentos de consulta. Reconociendo la compleja aplicación del marco, el Comité de Basilea y la IOSCO-OICV han decidido (i) retrasar nueve meses la entrada en vigor de la exigencia de intercambiar margen inicial y de variación; y (ii) establecer un mecanismo de introducción gradual para el requerimiento de intercambiar margen de variación.

En comparación con el marco de 2013, las revisiones de hoy retrasan hasta septiembre de 2016 el inicio del periodo de transición para percibir y constituir márgenes en operaciones no liquidadas de manera centralizada, inicialmente previsto para diciembre de 2015. El calendario para la aplicación plena de los requerimientos también refleja este retraso de nueve meses. Las revisiones introducen además un periodo de transición de seis meses para el requerimiento de intercambiar margen de variación, a partir del 1 de septiembre de 2016. Todos estos cambios se resumen en el cuadro inferior.

En consonancia con su mandato, el Comité de Basilea y la IOSCO-OICV seguirán el progreso realizado en la implementación a fin de garantizar una aplicación homogénea entre productos, jurisdicciones y participantes del mercado. Esto incluye seguir los procesos de regulación nacional así como considerar orientaciones sobre la validación y contrastación retrospectiva (backtesting) de modelos de constitución y reposición de márgenes.

El Comité de Basilea y la IOSCO-OICV entablarán contacto con el sector a medida que los participantes en el mercado continúen desarrollando los modelos de márgenes iniciales, que deberán cumplir con los requerimientos de márgenes. Esto ayudará a garantizar que los modelos de márgenes iniciales cuantitativos en desarrollo sean coherentes con el marco, pero no constituirá una revisión o aprobación explícitas de ningún modelo de márgenes iniciales

  • Resumen de los cambios sobre la aplicación de los requerimientos de márgenes para derivados compensados de forma no centralizada